• Pretendemos ocupar un mínimo espacio en el equipaje de nuestros clientes, lugar suficiente para posibilitar un directa interrelación entre “RIGOR IURIS” y nuestros clientes, para formar una nueva identidad, que, sabedora de los riesgos en las relaciones jurídico-sociales, proteja y apoye al cliente en el tráfico jurídico.
Una premisa guiará tal entidad, por nueva identidad, “la prevención, objetivación y preparación evitan en la mayoría de los casos la afloración de un conflicto que degenere en controversia judicial”.
Para su evitación nuestra labor pre- y extra-judicial se abrirá camino desde tal reducido lugar de partida para dotar, asesorar y librar al cliente de la tentación de tomar caminos sinuosos de difícil retorno, pues nuestra experimentada mente jurídica, clara y objetiva impedirá sus caídas, recaídas y recidivas.
• Igualmente, tal labor prejudicial (por anterior a cualquier actuación ante los Tribunales) servirá si no para solucionar el problema de raíz, al menos, sí para preconstituir la necesaria prueba que permita afrontar el intrincado iter judicial desde una posición o atalaya de mayor control y precisión. No ha de olvidarse que la Justicia es impartida por personas, que como tales son imperfectas, de modo que nuestra labor pre- y extra-judicial irá dirigida, también, a procurar paliar y minimizar los posibles efectos de una precipitada fundamentación del caso concreto, que haría más complicada todavía la labor de los juzgadores.
Entendemos que nuestra labor ha de acotar en lo posible, y relegar a la mínima expresión la incertidumbre que se esconde en todo proceso judicial, para reducir los casos de resoluciones y decisiones alejadas de la buena lógica y el sentido común. Negar la realidad escapa al propósito de nuestra empresa, puesto que, sobre la base de este reconocimiento, nuestra labor se asienta más sólida, firme y capaz de superar cualquier obstáculo que se interponga en el camino de nuestro cliente.
• Es crucial el asesoramiento jurídico profesional en el devenir de las relaciones económico-patrimoniales de los particulares entre sí, y de estos con las entidades públicas y privadas, con anterioridad al inicio de probables hostilidades, precisamente para sentenciar su improbabilidad.